EL GRAZNIDO DE LAS CHACHALACAS
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El
Espíritu de la Constitución Mexicana
es
nuevamente ultrajado
Por una
Gavilla de Rufianes que se dicen Diputados al Servicio de la Nación y actúan
para sus Propios Intereses.
Puesto que en una Pantomima
escenificada el día 21 de marzo de 2013, en una cueva de mafiosos, que llaman
Cámara de Diputados, aprobaron diversas
modificaciones a varios Artículos de la Carta Magna, que “pintan de cuerpo
entero” a estos Individuos, como lo que realmente son: Entreguistas de una
Nación que ingenuamente o mediante Fraude, se eligieron como sus mandatarios,
traicionando los principios enmarcados por el Constituyente (De 1917), Respecto
de la Función Social y de los Derechos humanos al Servicio de los mexicanos,
como la base Fundamental de esta Carta Magna enmarcada en el Artículo 1º de la
misma.-
Estos señalamientos que se hacen,
no son de a gratis, pues es obvio que a todas luces, actúan para diferentes
intereses que la mayoría de las veces, no son los de la Nación, y se podrá
decir que así se ha hecho siempre en las
Democracias Occidentales, partiendo de una línea política que marque la
ideología de quien Gobierne, lo cual es muy discutible, pues quien debe señalar
la ruta siempre es y será el Pueblo, como “Individuo Único” y no los grupos,
clases o tendencias, porque entendemos que la democracia se basa en los
principios del gobierno de la mayoría y de los derechos individuales.
Los diputados votaron, sin discusión pública de por
medio, a favor de incluir cambios en el dictamen de la reforma de
telecomunicaciones. FOTO:Cuartoscuro.-
La prueba de ácido o severa, que
la Democracia está viviendo en el País, no la pasan los Gobernantes actuales
(Tres Poderes), y hoy que toca a los Legisladores, simplemente dan prueba plena
de reprobarla.-
Yendo a fondo, en este caso de
Reformas y adiciones a diversas disposiciones Constitucionales en Materia de
Telecomunicaciones, que por las modificaciones propuestas, son un verdadero
retroceso para los Derechos Individuales Constitucionales Vigentes, que como se
dejó dicho, los enmarca el Artículo 1º de la Carta Magna.-
ESTO SE GESTó ASÍ:
DIPUTADOS
SE INDIGNAN POR NEGOCIACIÓN EN PRIVADO
Diputados hacen cambios en privado a la reforma de telecom
Por Imelda García y Édgar Sigler @ImeGarcia.-
Marzo 22.-
Los
coordinadores parlamentarios del PRI, PAN, PRD, PVEM y de Nueva Alianza (Panal)
acordaron introducir 33 modificaciones al dictamen de reforma en materia de
telecomunicaciones, las cuales fueron avaladas por el Pleno sin
debate público de por medio.
Posteriormente, la Cámara de Diputados aprobó en
la madrugada del viernes en lo general y lo particular el dictamen de reforma
con las 33 modificaciones incluidas, luego de una sesión que se prolongó
durante casi 18 horas…. Cuanto engaño para los mexicanos.-
EN PRIVADO
Como parte de la aprobación en lo general de la
iniciativa, la Cámara Baja respaldó la incorporación de los 33 cambios al
documento propuestos por los coordinadores el PRI, PAN, PRD y Nueva Alianza,
los cuales no fueron avalados ni en la Comisión de Puntos Constitucionales -responsable
de la dictaminación- ni venían en la propuesta firmada por Peña Nieto y los
partidos que respaldaron el Pacto por México.- Entonces
para que queremos tanta “PANZA
AVENTURERA “.-
El Porqué de lo anteriormente señalado:
Artículo
6º.- Con verdadera Mala Intención, Se suprimió del
Vigente, el señalamiento de que; “El Derecho a la Información será garantizado
por el Estado”.- ¿Luego entonces si el Estado que está obligado a Garantizarnos
este Derecho, nos lo niega, para quien entonces Gobierna o está Gobernando?
En este mismo Artículo 6º, el
Proyecto de Decreto, indicaba que; “Toda persona tiene derecho a la Información
Veraz, plural y oportuna…….”, Eliminando del citado Proyecto la
palabra VERAZ, lo cual nos deja en total indefensión, pues con ello, se
autoriza para que se nos mienta Por quien “mueva los
hilos” de la Información (Llámese el propio Gobierno), o por quien ostenta la
Concesión, sin ningún control o a sabiendas, y; por su
posibilidad de hacerlo, enmascaradamente.-
Artículo
7º.- Los
conceptos que regulaban este artículo, fueron eliminados en su totalidad por el
acuerdo de la Mesa Directiva, Sin embargo; Se
plasman nuevamente, pero eliminado la esencia
del contenido, relativo a la CENSURA PREVIA, al señalar en el Segundo Párrafo
de este Artículo que; “Ninguna ley ni Autoridad puede establecer la previa censura, ni coartar
la libertad de difusión, que no tiene más límites que los
previstos en el primer párrafo del artículo 6º de esta Constitución”.- Artículo este, al que casualmente se le había eliminado la
frase de; “El derecho a la información será garantizado por el Estado”, además de lo ya señalado
con
la eliminación también, tanto en el
segundo párrafo como en el inciso III, las palabras; Veraz…. Veracidad…..-
Con lo anterior, se protege
directamente a los medios, por encima de los Derechos Individuales de los
ciudadanos de este País.-
Artículo 27.- En el párrafo QUINTO de este
artículo se establece en la parte final del mismo lo siguiente:
“Corresponde exclusivamente a la Nación generar,
CONDUCIR, transformar, DISTRIBUIR Y ABASTECER energía eléctrica que
tenga por objeto la prestación de servicio público.- EN
ESTA MATERIA NO SE OTORGARAN CONCESIONES A LOS PARTICULARES y la Nación aprovechará LOS BIENES Y RECURSOS NATURALES QUE SE REQUIERAN PARA
DICHOS FINES “
De los BIENES MUEBLES e INMUEBLES,
Se define perfectamente que solo la Nación los aprovechará para conducir,
distribuir y abastecer, por lo que tratándose de la Comisión Federal de Electricidad, LOS POSTES, LOS CABLES, (Incluida la
fibra óptica) LAS CENTRALES, no se RENTAN, se PRESTAN o
CONCESIONAN, Mucho menos se Comparten a los Particulares, por lo cual el PRIMER
PÁRRAFO del Artículo DECIMO QUINTO TRANSITORIO:
ES IMPROCEDENTE.-
Pues tampoco procede que la CFE
garantice el acceso y compartirlo con
Telecomunicaciones de México, y hacerlo ENGAÑOSAMENTE para que esta a su vez
concesionarlo a particulares sin tener la facultad Constitucional de
hacerlo, y menos subrepticiamente.-
Ninguno de los Tres Poderes de la
Unión, tiene la Facultad de USUFRUCTO de los Bienes de la Nación, NADIE LES HA
OTORGADO tal derecho, mucho menos en detrimento de la Nación, o en
contubernio con Particulares y para sus oscuros intereses.-
Artículo 28.- En el párrafo 17 del acuerdo de
modificaciones que inicialmente señalaba la opinión NO VINCULANTE del Ejecutivo
Federal para el otorgamiento, la revocación, etc., etc., en materia de
radiodifusión y telecomunicaciones, lo modifican para que dicha opinión la
otorgue el Secretario del Ramo, (Cuyo Jefe es el Ejecutivo), y así, (Todos muertos de la risa se chuparán
el dedo), Y el Secretario del Ramo, previa consulta con su jefe, podrá opinar
conforme a sus intereses $$$$$.-
QUINTO TRANSITORIO.- El Segundo Párrafo, señala el
tope del 49% para inversión extranjera en radiodifusión.- Nada más que por otra parte,
la abre al 100% mediante Autorización/resolución
favorable de la Comisión Nacional de Inversiones Extranjeras para que la
participación sea mayor, (Pues tiene facultades para
ello), y ya desde este ángulo se nos “implanten” “nuevas” IDEOLOGÍAS:-
SEXTO TRANSITORIO.- En este artículo, se señala la
facultad del Ejecutivo para someter los nombramientos de los Comisionados y
Comisionados Presidente, tanto de la Comisión Federal de Competencia Económica
e Instituto Federal de Telecomunicaciones, lo cual
contradice los nuevos Artículos Constitucionales Modificados, pues se pasa por
salva sea la parte; “LA SUPUESTA
AUTONOMÍA DE GESTIÓN” del nuevo Instituto de Telecomunicaciones.-
OCTAVO
TRANSITORIO.- Inciso I.- El segundo, tercero y cuarto párrafos, que señalan las reglas para los
Concesionarios de Servicio de Televisión
restringida, (De paga), quienes estarán obligados a la retrasmisión de la señal
radiodifundida, de manera gratuita, y no discriminatoria, e incluirla sin costo
adicional para los suscriptores y usuarios, señal que recibirán, a su vez, de
manera gratuita por los concesionarios
de servicios de televisión radiodifundida.-
Los “FLAMANTES” Diputados, con
estas INEQUITATIVAS REGLAS, le ponen la soga al cuello, con la
letra pequeña del Acuerdo, a los Concesionarios de Televisión restringida, puesto que; Primero; Te obligan a la
retrasmisión.- Segundo; Si eres
preponderante (Participación mayor al 50% Nivel Nacional), DEBES PAGAR lo que
te cobren. Y Tercero.- Lo que pagues (Tu Costo), no se los podrás repercutir a tus
usuarios.-
La fracción II de este Artículo
transitorio, señala que se licitarán por LO MENOS DOS (¿o Lo más?) nuevas
Cadenas de televisión con cobertura Nacional, con sus LIMITANTES,
(Innecesarias), puesto que tienen la opción de la “OPINIÓN NO VINCULANTE”, del
Jefe a través de Subjefe.-
Por último, donde quedaron las
opciones para las “RADIOS COMUNITARIAS” o Grupales étnicas o de opinión,
quienes también SON MEXICANOS, con los mismos derechos de los que han JODIDO a
la Nación.-
O les tienen miedo porque no les
tienen miedo? PREGUNTO.-
Plasmar en la Constitución esta
ABERRACIONES inequitativas, le parte todo el Principio a la CARTA MAGNA en su
Artículo 1º.-
El Constituyente del DIEZ Y SIETE,
se ha de estar revolcando en sus TUMBA, puesto que estas modificaciones son
NETAMENTE COMERCIALES Y EMPRESARIALES, y nuestra Carta Magna, Primera en el
Mundo, que señaló los FUNDAMENTOS
SOCIALES DEL INDIVIDUO.- no debe de ninguna manera cvonsentirlas.-
Pues tal parece que se está
SOBREPROTEGIENDO a un DUOPOLIO de este País, en detrimento de la Libertad de
expresión, pero principalmente de todos los mexicanos.-
Un Congreso de la Unión,
Que no sirve a la Nación,
Por su abyecta sumisión,
Al Poder de la Televisión.-
Saludos Cordiales
Armando Arreguín Rodríguez
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